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El académico de la Facultad de Economía y Negocios Carlos García alerta sobre la necesidad de otorgar mayores facultades al Banco Central para enfrentar esta pandemia.
La Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile señala en su artículo 27 que: “El Banco podrá otorgar financiamiento o refinanciamiento sólo a las empresas bancarias y sociedades financieras. De manera alguna podrá otorgar a ellas su garantía, ni adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas. Ningún gasto público o préstamo podrá financiarse con créditos directos o indirectos del Banco.
Con todo, en caso de guerra exterior o de peligro de ella, que calificará el Consejo de Seguridad Nacional mediante oficio secreto, el Banco podrá obtener, otorgar o financiar crédito al Estado y entidades públicas o privadas.”
Este artículo -según muchos economistas- es el corazón de la autonomía del Banco Central de Chile. Sin embargo, y como se ha discutido en la prensa por expresidentes del propio banco, esta ley deja a nuestro banco sin uno de los principales instrumentos de la política monetaria que sí están usando bancos centrales tan autónomos como el nuestro: la Reserva Federal de los Estados Unidos, el Banco de Inglaterra y el Banco Central Europeo…
Carlos García, académico de la Facultad de Economía y Negocios UAH.
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