Suspensión de Beneficios MINEDUC
El proceso de Suspensión de Beneficios es una instancia formal por medio de la cual el/la estudiante a través de la Unidad de Bienestar Estudiantil de la Dirección de Asuntos estudiantiles (DAE), solicita al Ministerio de Educación la evaluación de los antecedentes de estudiantes que requieren suspender su beneficio de Gratuidad o Beca Estatal de Arancel, mientras mantengan la calidad de beneficiario.
El plazo máximo de suspensión de Gratuidad o una Beca de Arancel es de un año académico, es decir, de dos semestres, siendo estos continuos o discontinuos. Sin embargo, por razones de fuerza mayor o circunstancias calificadas por la respectiva Institución de Educación Superior, se podrá solicitar la suspensión del beneficio por un periodo superior a un año siempre y cuando se presente la documentación de respaldo y sea aceptada por Mineduc.
El proceso de suspensión de beneficio se realiza luego de que el/la estudiante se comunique con su Coordinador Académico para suspender estudios y con la aprobación de DARA, la cual será respaldada con la carta de aprobación emitida.
Es importante, que el estudiante se comunique también con Servicios Financieros al correo serviciosfinancieros@uahurtado.cl para conocer las implicancias financieras de suspender sus estudios.
Es muy importante que las/los estudiantes realicen el proceso durante los plazos fijados por la Universidad, ya que no reportar oportunamente una suspensión puede significar la pérdida del beneficio.
Ante dudas sobre este proceso, escríbenos a beneficiosdae@uahurtado.cl